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Reclamaciones previas ante la aseguradora: haz valer tu MASC

El desarrollo de cualquier actividad de transporte terrestre —tanto de viajeros como de mercancías— implica convivir a diario con múltiples riesgos. Por ello, no es extraño que, antes o después, los distintos operadores del sector tengan que relacionarse con sus entidades aseguradoras.

En ese contexto, tras un siniestro pueden surgir discrepancias entre la valoración de la aseguradora y la posición del asegurado. Para canalizar esas diferencias, todas las compañías están obligadas a disponer de un sistema interno de quejas y reclamaciones, que sirve como una vía previa antes de acudir a los tribunales.

Quizá hasta ahora no te habías planteado utilizar este mecanismo. Sin embargo, con la entrada en vigor de los MASC (Métodos Alternativos de Solución de Conflictos), este paso cobra más relevancia que nunca.

¿Qué es un MASC?

Un Método Alternativo de Solución de Conflictos es cualquier vía destinada a resolver controversias sin necesidad de iniciar un procedimiento judicial. Puede tratarse, por ejemplo, de una mediación, de una negociación asistida o de cualquier otro sistema en el que intervengan las partes —con o sin abogados— para intentar alcanzar un acuerdo.

Desde abril de 2025, la modificación introducida por la Ley 1/2025, de 2 de enero, de Eficiencia Procesal establece la regla general en los asuntos civiles y mercantiles, bien clara: antes de presentar una demanda, las partes deben acreditar que han intentado someter el conflicto a un MASC. Si no lo hacen, el juzgado podría no admitir la demanda o incluso imponer costas a quien incumpla ese requisito.

¿La reclamación previa ante la aseguradora es un MASC?

Según el Auto 148/2025 de la Audiencia Provincial de Zaragoza, sí. El tribunal considera que esta reclamación previa supone un auténtico intento de negociación por parte del asegurado. Y añade que, si la compañía responde rechazándola, puede interpretarse que no está dispuesta a participar en ningún MASC, lo que obliga al asegurado a acudir a la vía judicial.

Además, esta reclamación tiene un beneficio adicional: interrumpe la prescripción. Un aspecto especialmente relevante, ya que en materia de accidentes los plazos suelen ser breves.

¿Por qué es importante este criterio?

Porque cada cambio legislativo genera dudas interpretativas, y no todos los tribunales coinciden al valorar cuándo puede considerarse satisfecho el requisito del MASC. En este caso, la Audiencia Provincial de Zaragoza utiliza una definición amplia a la hora de considerar un MASC como cualquier “actividad negociadora reconocida en las Leyes”.

En el ámbito de los accidentes de tráfico, la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor sí exige expresamente presentar una reclamación previa ante la aseguradora antes de acudir a los tribunales. Sin embargo, en el contrato de transporte, esa obligación no aparece de forma tan clara, lo que convierte este pronunciamiento en una referencia novedosa.

¿Se limita esta interpretación a los accidentes de tráfico?

No necesariamente. Aunque nace en este contexto, el criterio puede extrapolarse a otros ámbitos, incluido el transporte por carretera. Es posible aplicar los requisitos de los MASC tanto en la reclamación previa como en el envío de una comunicación formal que deje constancia del intento de negociación.

¿Qué ocurre si la aseguradora ignora o rechaza la reclamación?

En ese caso, se abre directamente la puerta a la vía judicial. Además, la actitud de la aseguradora durante esta fase previa puede ser tenida en cuenta a la hora de decidir una eventual condena en costas, incluso si la demanda no prospera en su totalidad.

Acompañamiento especializado

En Valleón Abogados contamos con un departamento especializado en gestiones extrajudiciales dentro del sector del transporte. Nuestro objetivo no es solo salvaguardar tu derecho a acudir a los tribunales llegado el momento, sino también abrir una vía ágil para que la aseguradora revise su decisión antes iniciar un procedimiento judicial.

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